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INFORMACIÓN RELEVANTE SOBRE AYUDAS DE LA DANA

por Nov 20, 2024asesoría contable, asesoría fiscal, asesoría laboral0 Comentarios

¿SABÍAS QUÉ?

CONTACTOS DE INTERÉS

Atención psicológica gratuita (Asociación Psicólogos sin Fronteras)

960 450 230

Pérdida del DNI https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/ Pérdida del carnet de conducir

https://sede.dgt.gob.es/es/permisos-de-conducir/obtencion-y-gestion- de-permisos/duplicado-de-permisos/

MUNICIPIOS AFECTADOS QUE PUEDEN PEDIR AYUDAS

Alaquàs Alcúdia

Alginet

 Benifaió Calles

Caudete de las

Fuentes Cheste Fortaleny

Letur

Llombai Mislata Pedralba Requena Silla

Tavernes de la Valldigna

València – PEDANÍAS SUR:

Faitanar, La Torre, Forn d’Alcedo, Castellar-Oliveral, Pinedo, El Saler, El Perellonet y El Palmar.

Albal Aldaia

Alhaurín de laTorre.

Beniparrell Camporrobles

Corbera

Xirivella Fuenterrobles

Llíria

Macastre Montserrat Picanya

Riba-roja de Túria Sinarcas

Torrent

Albalat de la Ribera. Alfafar

Almussafes

 

Bétera Carlet

Quart de Poblet

 

Chiva

Gestalgar

Loriguilla – sólo núcleo urbano junto A3

Manises

Montroi/ Montroy Picassent

Riola Sollana

Turís

Alborache Alfarb

Alzira

Bugarra Catadau

Cullera

Dos Aguas Godelleta

Llocnou de la Corona

 Massanassa Paiporta

Polinyà de Xúquer Sedaví

Sot de Chera

 Utiel

Alcàsser Algemesí

Benetússer

 Buñol Catarroja

Chera

 Favara Guadassuar

 Llaurí

 Mira Paterna Real

Siete Aguas Sueca

Vilamarxant

AYUDA PARA PERSONAS FÍSICAS

Ayuda directa a personas que su vivienda ha quedado afectada

  • Cuantía: hasta 6.000€
  • Beneficiarios: Las personas físicas que tienen a su disposición una vivienda ubicada en alguno de los municipios afectados por el temporal, cuyo contenido haya resultado gravemente dañado por el temporal.
  • Solicitud:https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=101532

Ayuda por fallecimiento o incapacidad

Ayudas por la destrucción o daños en enseres y los daños en vivienda y en establecimientos industriales, mercantiles y de servicios, y por prestaciones personales o de bienes de personas físicas o jurídicas.

 

Indemnización de vehículos

Suspensión pago de hipoteca

  • Duración de la suspensión: 3 meses como máximo.
  •  Beneficiarios: Las personas físicas residentes en los municipios afectados, y las personas trabajadoras por cuenta propia y aquellas personas jurídicas con un volumen de facturación inferior a 6 millones de euros en el último ejercicio cerrado, cuya actividad económica principal se encuentre situada en dicha zona, comprendiendo explotaciones agrarias, pesqueras, marinas o forestales, establecimientos mercantiles, industriales y de servicio.
  •  Solicitud: Directamente con el banco. En el plazo de quince días contado desde la presentación se da resolución, con efectos desde la fecha de solicitud

Incremento del ingreso mínimo vital y complemento a la infancia en un 15%

  • Cuantía: Un 15% más de lo que se venía cobrando en concepto de ingreso mínimo vital y complemento a la infancia.
  • Beneficiarios: Cualquier persona física que esté cobrando la ayuda antes de la Dana.
  • Solicitud: Se aplicará de forma automática.

Incremento de la pensión por jubilación e invalidez en un 15%

  • Cuantía: Un 15% más de lo que se venía cobrando en concepto de pensión por jubilación e invalidez
  •   Beneficiarios: Cualquier persona física que esté cobrando las prestaciones antes de la Dana.
  •   Solicitud: Se aplicará de forma automática

TRABAJADORES: Nueva situación de incapacidad temporal

  • Cuantía: Se recibe el 75% desde el primer día de la base reguladora
  • Beneficiarios: Quienes hayan desarrollado cualquier tipo de dolencias a causa de la dana
  • Solicitud: Esta baja deberá solicitarse a los médicos de cabecera.

 

NO SE PAGARÁ IRPF POR LAS AYUDAS QUE RECIBAN QUIENES HAYAN SUFRIDO DAÑOS PERSONALES, Y TAMPOCO LAS AYUDAS DIRECTAS PARA AUTÓNOMOS Y EMPRESAS

AYUDA PARA PERSONAS FÍSICAS

Ayudas directas

  • Cuantía: Autónomos 5.000€ y empresas de 10.000€ a 150.000€
  •  Beneficiarios: Empresarios o autónomos, que a 28 de octubre de 2024 tuvieran declarado su domicilio fiscal en cualquiera de los municipios afectados.
  •   Solicitud: Se abre plazo el 19/11/2024 en la web de la Agencia Tributaria

ERTES empresas.

  • Expediente de regulación de empleo: Permite a las empresas afectadas por la DANA suspender el contrato de las personas trabajadoras o reducir la jornada de estas
  • Beneficiarios: Empresas
  • Solicitud: https://ceice.gva.es/es/web/dg-trabajo/expedients-temporals- de-regulacio-de-l-ocupacio-erto-

AUTÓNOMOS, cese temporal o definivo de la activadad

  • Cuantía: La cuantía de la prestación es del 70% de la base reguladora.
  • Beneficiarios: Autónomos, y no se exigirá aportar documentación que acredite la existencia de fuerza mayor, ni la imposibilidad para desarrollar la actividad, ni que haya cumplido el periodo mínimo de cotización de doce meses continuados
  • Solicitud: El reconocimiento de la prestación se realizará por las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social o por el Instituto Social de la Marina.

NO DUDES EN LLAMARNOS SI TIENES ALGUNA DUDA Y HAREMOS TODO LO QUE ESTÉ EN NUESTRAS MANOS PARA AYUDARTE.

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