¿SABÍAS QUÉ?
Para el mantenimiento del empleo y la reactivación económica de las empresas afectadas por la DANA
AYUDAS URGENTES AFECTADOS POR LA DANA
¿Quién puede recibir la ayuda?
¿SABÍAS QUÉ?
Puedes solicitar
Las empresas que, como consecuencia de la DANA, hayan sufrido daños materiales en sus bienes situados en naves, locales, establecimientos o espacios vinculados al desarrollo de su actividad económica.
Existen 2 programas de ayudas, dirigidas a:
Programa I: Empresas Industriales
Programa II:Empresas
comerciales, turísticas, de servicios
y otros tipos de actividad.
Se consideran empresas afectadas:
Las personas jurídicas que se dediquen a una actividad económica, con independencia del no de personas contratadas. Las personas físicas, dadas de alta en el RETA (autónomos).
91 518 04 84 gestensa@gestensa.com
El importe MÍNIMO de la ayuda será de 5.000 euros por empresa.
Este importe se incrementará en 1.000 euros adicionales por cada persona trabajadora que la solicitante tenga
contratada por cuenta ajena, con los importes MÁXIMOS siguientes:
– Programa I: hasta un máximo de 30.000€ por empresa beneficiaria.
– Programa II: hasta un máximo de 15.000€ por empresa beneficiaria.